Fuetazos para Santos y el Consejo de Estado

Autor: Rubén Darío Barrientos
30 marzo de 2017 - 12:06 AM

Apenas acaba de declarar nulo el decreto por medio del cual el ejecutivo fijó el salario mínimo para el año 2016

Pasmosamente, el Consejo de Estado, Sala Segunda, apenas acaba de declarar nulo el decreto por medio del cual el ejecutivo fijó el salario mínimo para el año 2016 (del 7%). En pleno marzo de 2017, se pronuncia de manera trasnochada sobre los efectos de las impugnaciones frente al aumento del salario mínimo del 2016. ¡Valiente gracia! Terminó aclarando que esta decisión no afecta para nada los salarios pagados con base en el decreto, valga decir, no habrá ningún efecto retroactivo, y que menos incidirá sobre las multas, tributos y demás conceptos que se pagaron sobre su base.
Como se recuerda, el exprocurador, Alejandro Ordóñez Maldonado y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), entre otros, demandaron el decreto del reajuste del salario mínimo, por cuanto el costo de la canasta familiar para personas de ingresos bajos subió el 7,26%, según el Dane, mientras que el salario mínimo solo se ajustó en un 7%. Propiamente, voces autorizadas, como las del doctor José Gregorio Hernández, expresidente de la Corte Constitucional, señalaron que el aumento del salario mínimo vulneraba la Constitución por inequitativo pues no se plegó a la pérdida del poder adquisitivo de la gente.
Lo increíble es que las demandas se presentaron antes de finalizar el mes de enero del año 2016, es decir, muy oportunamente, dadas la urgencia y la gravedad de la situación, contando aparejadamente con amplísima notoriedad en los medios de comunicación que recogieron la noticia de las impugnaciones bajo gran despliegue. No obstante lo anterior, el propio doctor Hernández, en El Tiempo, clamó porque “es una situación que amerita una solución pronta” y trazó otra pauta jurídica: “Si el Consejo de Estado declarare la nulidad del decreto del salario, se tendría que volver al salario mínimo anterior ($644.350)”.
Había un antecedente histórico, habida cuenta de que en diciembre del año 2010 se decretó un ajuste del salario mínimo del 3,4% que entraría a regir para la siguiente anualidad, pero luego se supo que la inflación para la población de ingresos bajos fue del 3,58%, razón por la cual el 11 de enero de 2011 se echó para atrás el decreto y sobrevino uno nuevo por el 4%. En esa época metió baza el vicepresidente de la época, Angelino Garzón, quien fue el que le solicitó al presidente Santos que corrigiera esta situación. Como quien dice, en los gobiernos de Santos, frente al ajuste del salario mínimo, ésta es la segunda metida de patas con los decretos emitidos. 
Ante una situación tan obvia, es infame que el Consejo de Estado haga la declaratoria de nulidad del decreto que estableció el nuevo salario mínimo, tan inoportuna y trasnochadamente (año y dos meses después de haber recibido las demandas). Eso no tiene justificación alguna, porque por su materia y gravedad, debió haberle dado trámite de absoluta urgencia. Ahora sale esta alta corte a lavarse las manos, como Pilatos, con un jalón de orejas para el Gobierno Nacional, exhortándolo para que cuando le toque generar un decreto –por la no concertación de la comisión de políticas salariales y laborales–, lo lleve a cabo en estricto cumplimiento de la sentencia C-815 de 1999.
El Gobierno, tercamente, salió a defender el porcentaje del ajuste del 7% diciendo que tuvo en cuenta que la variación anual del IPC de la economía para el año 2015 había sido del 6,77%. Razón ilógica dentro de lo jurídico y pueril frente a las explicaciones ya advertidas por los que sabían de la materia. Los trabajadores se quedaron con las manos vacías de una sentencia que les da la razón, pero a destiempo y que no tiene efectos reales de favorecimiento para sus intereses. Así es todo en este país, donde la justicia es paquidérmica y para cuando ya no se usa, como dirían en el pueblo.
El regaño al Gobierno es un hecho insípido, cobarde y desobligante. No hay derecho a que una decisión tan importante, con las impugnaciones surtidas antes de acabarse enero de 2016, con un antecedente de igual categoría (Santos, vuelve y juega), termine con un engendro de decisión para enmarcar y sin resultados tangibles. ¡Fuete para el gobierno de Santos y para el Consejo de Estado! ¿Negligencia? ¿Contubernio?   
    
 
 

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