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Francisco Alonso Garcés Correa es un eminente profesional, con especialidad en Derecho Público de la Universidad de Medellín, en notariado y registro del mismo claustro académico; profesor de derecho romano y autor de un libro sobre el mismo tema; creador de la facultad de Jurisprudencia de la Fundación Universitaria de Envigado y actual Notario Cuarto de Medellín.
A través de Señal Editora acaba de publicar su nuevo libro, Apuntes para la Historia de Derecho Constitucional Colombiano, que no es propiamente un tratado de ciencia jurídica, sino un texto sencillo y elemental de apenas 105 páginas y que aparece en un momento especialmente oportuno, cuando el Gobierno Nacional a través de la le 1503 de 2011 se dispone a implementar el artículo 41 de la Constitución Política cuando dispone que “En todas las instituciones de educación oficiales y privadas será obligatorio el estudio de la Constitución y la instrucción cívica” . Se consagra además la obligación de fomentar las prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana y acciones permenentes de pedagogía constitucional.
La ley 105 de 1994 ordena por su parte en su artículo 1°, que: “Para obtener el título de bachiller en cualesquiera de sus modalidades, todo estudiente deberá haber cursado 50 horas de estudios constitucionales”. El atículo 14 de la ley 1503 a que estamos aludiendo, estipula claramente que en todos los establecimientos oficiales y privados que ofrecen educación formal, es obligatorio en los niveles de educación preescolar, básica y media, cumplir con el estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica y dentro de la capacitación a que se refiere la ley deberán impartirse nociones básicas sobre jurisdicción de paz, mecanismos alternativos sobre solución de conflictos, derecho de familia, derecho laboral y contratos más usuales.
Los programas a que hace referencia la ley serán presentados por los establecimientos educativos a la secretaría del ramo del respectivo municipio o ante el organismo que haga sus veces para su financiación con cargo a la participación de los ingresos corrientes de la Nación destinados por la ley para tales areas de inversión social.
Pero estos propósitos saludables de los constituyentes y del gobierno, no tendrán cabal aplicación sin la existencia de textos didácticos como el del doctor Garcés Correa a que estamos haciendo mención, para el estudio y evaluación de los docentes y alumnos de las escuelas, colegios y universidades del país, de los funcionarios públicos, especialmente quienes se desempeñan en los ámbitos de los gobiernos locales, vale decir los departamentos y los municipíos.
El texto del profesor Garcés Correa empieza por destacar la inestabilidad de nuestra Constitución del 91, que en sus casi 21 años ha sufrido 35 reformas (casi 2 por año) y con la aprobación del acto legislativo de reforma a la justicia, el texto constitucional será modificado en 22 artículos más.
Comienza el autor por presentar un recorrido del desarrollo histórico- constitucional que se ha dado en Colombia desde la Conquista hasta nuestros días; hace especial alusión al nacimiento de los partidos políticos, a las reformas de nuestra carta magna a partir de 1886 hasta el estatuto actual del 91 y termina con las reformas que ha sufrido el mismo desde su promulgación hasta la fecha.
Felicitaciones al doctor Garcés Correa por tan importante aporte que tanto va a servir a profesores y estudiantes de grados inferiores que tienen que ver con la enseñanza y el aprendizaje del proceso constitucional de nuestro país.
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