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La larga persecución contra el Coronel Alfonso Plazas Vega muestra hasta qué extremos de fraude y violencia pueden llegar las células subversivas infiltradas en el aparato judicial colombiano.
¿Qué es el caso Plazas Vega? El mayor escándalo judicial de la historia de Colombia. Es un montaje detestable e ilegal mediante el cual un Coronel (r) del Ejército, considerado por millones de ciudadanos como un héroe militar, ha sido condenado a 30 años de prisión por un delito que no cometió. Es algo más. Es una maniobra muy sofisticada, pero fracasada, que busca enlodar los esfuerzos de las fuerzas militares colombianas en su lucha contra el terrorismo.
El caso del Coronel Plazas es, en estos días, el tema más ventilado por la prensa colombiana, pues hay nuevas pruebas de que la Fiscalía, el órgano de la investigación criminal, que trabaja en este asunto desde hace 27 años, sigue tratando de ocultar la verdad.
El 9 de junio de 2010, el Coronel Plazas fue, en efecto, condenado por la juez María Stella Jara Gutiérrez, a 30 años de prisión. De 302 páginas, la sentencia es, paradójicamente, la mayor prueba de que el Coronel Plazas es inocente. Ese texto muestra que las acusaciones contra él son fabricaciones, rumores, mentiras y conjeturas que no resisten el menor examen. Quien lea ese fallo verá que éste fue dictado precipitadamente, antes de que la instrucción concluyera. Un proceso que culmina en una gravísima condena sin que el acusado haya tenido jamás la palabra para defenderse y, sobre todo, sin que la instrucción haya podido presentar una sola prueba contra él, es un insulto a la justicia.
Lo que en Colombia algunos llaman “el debido proceso”, no puede existir si no se respetan las normas básicas de Derecho.
Cumpliendo órdenes de sus superiores, y de Belisario Betancur, el Presidente de la República de Colombia en ese momento, Luis Alfonso Plazas Vega irrumpió con sus hombres en el Palacio de Justicia de Bogotá, el 6 de noviembre de 1985, y liberó a 244 rehenes que estaban allí en manos de un comando del M-19, organización castrista que ese día había atacado y tomado por asalto ese edificio, asesinando a los guardianes civiles del edificio y convirtiendo en rehenes a más de 300 personas que se encontraban adentro, incluidos los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, y los empleados de esas dos instituciones. El fin último de ese asalto era un golpe de Estado: las proclamas que alcanzaron a lanzar los terroristas desde el palacio hablaban de Belisario Betancur como un presidente depuesto, a quien iban a “juzgar” junto a tres de sus ministros.
El rescate del Palacio duró 28 horas. Al cabo del primer día, y viéndose perdidos, los terroristas realizaron una espantosa masacre. Once magistrados-rehenes, cuatro magistrados auxiliares, diez y seis auxiliares de magistrados, dos abogados, siete empleados y dos visitantes fueron asesinados. En la acción contra los asaltantes murieron once militares y policías y un civil que deambulaba por la calle. Incluyendo a los guerrilleros, el total de muertos fue de 94.
Veintidós años después de los terribles hechos, ninguno de los jefes del M-19 que ideó o sobrevivió a ese asalto, ha sido juzgado (1). En cambio, el Coronel Plazas, quien había salvado al país al frustrar el golpe de Estado que el M-19 iba a perpetrar ese día, una vez tomado el control del Palacio de Justicia, y el general Arias Cabrales, quien dirigió las operaciones en el Palacio de Justicia, fueron súbitamente llamados a juicio, junto con otros oficiales. El 3 de febrero de 2007, Plazas fue notificado de tal decisión aunque en ese momento no le dijeron qué hechos le reprochaban. Días después, fue acusado del “secuestro y desaparición” de tres personas. El 12 de julio de 2007, la acusación cambió: esta vez le imputaron la “desaparición” de 11 personas y lo arrestaron. Pero no lo interrogaron por ocho de ellas y él no pudo refutar los cargos. En los meses que siguieron ninguna de las nulidades invocadas por su abogado fue admitida. Sin embargo, el carácter abstracto de las acusaciones generó dudas en los magistrados que tuvieron acceso al expediente. El 25 de julio de 2008, la juez María Claudia Merchán fue substituida por Alejandro Pinilla, quien actuó en una sola audiencia. Finalmente, una tercera juez, María Stella Jara, tomó el caso. Una fiscal, Ángela María Buitrago, se había encargado de la instrucción.
Ellas acusaron a Plazas de haber dado la orden de “desaparecer” a once civiles que se encontraban en el palacio al momento del asalto terrorista. Sin embargo, ellas fueron incapaces de probar quién, cómo, cuándo y por qué ese delito había sido cometido. Tampoco lograron probar que la operación de recuperación del Palacio de Justicia hubiera ocasionado la “desaparición” de unas personas.
Desde 1986, la justicia colombiana logró establecer que los supuestos “desaparecidos” eran personas que habían muerto en el Palacio. Supo que diez de ellos estaban en la cafetería y fueron conducidos por los guerrilleros “como rehenes en los primeros momentos de los sucesos” al cuarto piso del palacio. Se sabe que allí murieron. La calcinación sufrida por los cuerpos de esas víctimas, durante el pavoroso incendio desatado por los asaltantes, quienes tenían orden del capo del narcotráfico Pablo Escobar de quemar los archivos del palacio, hizo imposible, durante muchos años, la identificación de esos cuerpos. Tal fue la conclusión a la que llegó la excelente investigación judicial adelantada por el Tribunal Especial de Instrucción (TEI), publicada en mayo de 1986. El TEI siempre consideró esa víctimas como desaparecidos “porque sus cadáveres no fueron identificados”, no porque hubieran salidos vivos del palacio y desaparecieran después. “En las películas que, con notable minuciosidad se tomaron sobre la salida de los liberados, no aparece ninguno de los empleados o visitantes vinculados a la cafetería”, constató el TEI.
Para vengarse de quienes los derrotaron, el M-19 inventó, años más tarde, la leyenda de los “desaparecidos” como personas que habían “salido vivas” del edificio. Pero nunca pudo probar eso. El único que promovía la idea de que en los videos de la prensa aparece alguien que salió vivo “y desapareció después”, es precisamente un secuestrador condenado e indultado del M-19, René Guarín, quien ocultó a la instrucción haber sido un ex terrorista, hasta que un periodista, Ricardo Puentes Melo, sacó a la luz pública su terrible pasado judicial.
El TEI declaró que existió “un grupo de cadáveres que necesariamente corresponde a desaparecidos y es sensiblemente igual al de la lista (los diez de la cafetería. Nda.) que se presenta al principio de este capítulo”, antes de concluir: “El Tribunal considera que existe prueba suficiente en el sumario para concluir que tales personas fallecieron en el 4° piso, a donde fueron conducidos como rehenes en los primeros momentos de los sucesos”.
De ese importante informe del TEI, que las funcionarias Jara y Buitrago quisieron sepultar en el olvido, se deduce que los dos únicos desaparecidos verdaderos del Palacio de Justicia eran dos guerrilleras “que lograron salir con vida del Palacio de Justicia cuando se produjo la recuperación por las Fuerzas Militares, de quienes se ha perdido toda huella: se tiene por ahora la plena identificación de Irma Franco Pineda y de Clara Enciso”. En 1988, la prensa descubrió que Clara Helena Enciso se escondía en México, donde fue entrevistada por periodistas de izquierda quienes escribieron sendos libros culpando al Ejército de Colombia de ese asalto. Sin embargo, ellos nunca fueron llamados a declarar ante la Fiscalía. De Irma Franco no se sabe nada. Sus familiares dicen que fue asesinada por militares. Su cuerpo no ha sido hallado hasta hoy.
Lo más interesante es que 25 años después, el doctor José Vicente Rodríguez Cuenca, jefe de antropología forense de la Universidad Nacional de Bogotá, reveló lo que había pasado con los restos humanos de los once “desaparecidos” y confirmó lo que habían dicho los magistrados del TEI, Jaime Serrano Rueda y Carlos Upegui Zapata, y los diez jueces que los auxiliaron.
El 27 de febrero de 2011, Rodríguez reveló, en efecto, tres cosas: 1. Que en el año 2000 la Fiscalía General había exhumado 91 cadáveres ligados al expediente del Palacio de Justicia. 2. Que la Fiscalía le había entregado a él (JV Rodríguez Cuenca) 64 de esos restos para que tratara de identificarlos. 3. Que la Fiscalía se había quedado con 27 restos humanos que correspondían “a los ‘desaparecidos’ del Palacio de Justicia”. Explicó que esos 27 restos pertenecen a quienes murieron en el cuarto piso del Palacio y que la Fiscalía los ha ocultado desde entonces, en oficinas del CTI (un grupo técnico de la Fiscalía), sin que tenga interés alguno en identificarlos. Rodríguez Cuenca agregó: “Entre esos 27 restos están los siete empleados de la cafetería y los tres visitantes que se encuentran ‘desaparecidos’”. El profesor Rodríguez concluyó: “La Fiscalía siempre supo que tenían los restos de los posibles desaparecidos”.
El proceso del Coronel Plazas Vega no es, como se ve, un proceso normal. Es un proceso sui generis motivado, instruido y fallado, no en Derecho, sino pervertido por pavorosos odios políticos. No es un proceso: es un montaje judicial, el más obscuro y el más escandaloso de la historia de Colombia.
Además de ocultar los cadáveres no identificados para hilvanar la falsa hipótesis de los “desaparecidos”, la Fiscalía inventó tres testigos de cargo. Ángela María Buitrago, por ejemplo, trató de utilizar el “testimonio” de un individuo, Ricardo Gámez Mazuera, registrado a escondidas y la víspera de que éste huyera al Brasil, de donde pasó a Alemania. Citado a declarar en Bruselas, no quiso hacerlo. Al comprobar que sus declaraciones eran totalmente falsas la Procuraduría lo descartó como testigo el 15 de mayo de 1990. El otro, Tirso Sáenz, resultó ser un peligroso delincuente, condenado a 102 años de prisión por varios delitos, que aceptó dar un falso testimonio a cambio de promesas de dinero y beneficios procesales. El tercer “testimonio” es un hecho aún más grave y temerario, pues se trató de una operación altamente ilegal de substitución de persona.
Veamos este último aspecto, el más misterioso y escabroso de la trama.
Usurpando la identidad del Cabo (r) Edgar Villamizar Espinel, un individuo (aun no identificado) declaró, el l de agosto de 2007, que él, durante la acción en el Palacio de Justicia, había oído al Coronel Plazas dar la orden de desaparecer unas personas. En realidad, el verdadero Edgar Villamizar nunca hizo esa declaración ante la fiscal, ni estuvo jamás en el rescate del Palacio de Justicia, pues en noviembre de 1985 se encontraba en una unidad militar de La Uribe, Meta, a cientos de kilómetros de Bogotá. Él mismo, en junio de 2011, reiteró ante el Procurador General, en Bogotá, lo que Jaime Granados Peña, el abogado de Plazas, había probado ya: que él nunca había estado en los hechos del Palacio de Justicia y que no conocía personalmente al Coronel Plazas. Villamizar concluyó que su nombre había sido utilizado por alguien para poder confeccionar una prueba contra el acusado.
La falsa declaración del falso Villamizar fue anómala desde el primer instante: no fue rendida ante la Fiscalía sino de manera clandestina. Pues todo ocurrió, según la versión de la fiscal Buitrago (pues de ello no hay traza alguna), en un potrero de la Escuela de Caballería del Cantón Norte de Bogotá, y en ausencia del abogado de la defensa. Obviamente, este obscuro testigo nunca fue al tribunal a ratificar lo dicho.
Al momento de redactar este artículo los defensores del Coronel Plazas habían llegado a la conclusión de que in fine no hubo ni “retractación” de Villamizar (pues éste probó que no estuvo en la Escuela de Caballería), ni “suplantación”. Lo que pudo haber ocurrido, según el acervo de pruebas recogido, es que nadie dio la declaración citada, sino que la propia Fiscal, y sus subalternos del CTI, fabricaron la prueba y montaron un libreto para poder invocar la existencia de una “prueba reina” contra el acusado.
Tras el desmentido del verdadero Edgar Villamizar, otra juez, María Cristina Trejos, que juzgaba al General (r) Iván Ramírez Quintero, al Coronel (r) Fernando Blanco Gómez y al Sargento (r) Gustavo Arévalo por haber “desaparecido” presuntamente las once personas que le tratan de imputar al Coronel Plazas, los absolvió. Contra ellos, la Fiscalía pretendía hacer valer el falso testimonio del falso Edgar Villamizar. Ante el desmentido formal de éste, la juez Trejos declaró la inocencia de los acusados.
Esos tres oficiales habían sido acusados de haber participado en tales “desapariciones”. Al final de la instrucción, la fiscal había pedido que ellos fueran condenados, además, por la presunta desaparición de Irma Franco. Sin embargo, la juez Trejos desestimó igualmente ese segundo cargo y los absolvió tras admitir que no había ninguna prueba irrecusable que los comprometiera en ese asunto.
¿Si la juez María Cristina Trejos abandonó la teoría de que Edgar Villamizar es un testigo creíble en el proceso del General Ramírez, por qué la juez Jara condenó al Coronel Plazas basada únicamente en esa misma “prueba”?
El falso testimonio de Edgar Villamizar (quien supuestamente firmó como Edgar Villarreal) no puede tener existencia jurídica en ningún expediente. No obstante, es la única base de la sentencia contra el Coronel Alfonso Plazas Vega, lo que constituye una monstruosidad jurídica. Empero, ninguno de los magistrados involucrados en esa manipulación y en la fabricación de los otros falsos testimonios, ha sido sancionado, a pesar de las demandas hechas en ese sentido por el abogado del Coronel Plazas.
Ante las graves ilegalidades, la Procuraduría General de la Nación pidió, desde antes de que fuera lanzada la sentencia de primera instancia, que se abandonara la acción contra el acusado.
Ignorando de manera absurda los argumentos del Ministerio Público, la juez Jara avaló la trucada investigación de la fiscal Buitrago y condenó a Plazas.
El Coronel Plazas tampoco tuvo que ver con el caso de Irma Franco pues su actuación en el palacio de Justicia fue exclusivamente de combate. Él no podía ni debía realizar, al mismo tiempo, labores de inteligencia. El mismo General Ramírez Quintero declaró durante su proceso que el Coronel Plazas no había tenido conocimiento de la actividad de inteligencia que él, Ramírez Quintero, hubiera podido hacer en el Palacio de Justicia. (Sentencia de la juez María Stella Jara, página 243).
Por eso no fue raro que los tres magistrados del Tribunal Superior de Bogotá, Fernando Pareja, Alberto Poveda y Hermens Darío Lara Acuña, que abocaron meses después el conocimiento del recurso de apelación interpuesto por el Coronel Plazas, hayan entrado en un proceso de franca divergencia entre ellos.
Por un lado, Poveda y Pareja rechazaron la ponencia redactada inicialmente por Hermens Lara, quien declaró la inocencia del coronel Plazas, e impusieron un punto de vista contrario sin penetrar racionalmente en el expediente. Esos dos magistrados pretenden darle el carácter de pruebas válidas a los falsos testimonios invalidados por dos jueces (Jara y Trejos), en las sentencias de junio de 2010 y de diciembre de 2011, testimonios rechazados también por Hermens Lara, el único de los tres magistrados que leyó completamente, durante 16 meses, el expediente de 42.465 folios.
En su salvamento de voto de 360 páginas, Hermens Lara derrumba punto por punto las afirmaciones de la sentencia firmada por Poveda y Pareja el 30 de enero de 2012. El estima que en la sentencia de primera instancia “se confunden hipótesis a comprobar y hechos comprobados”, y que eso “se convirtió en otro de los instrumentos por medio de los cuales se afirmaron premisas sin aporte probatorio, los que, a su vez, sirvieron de sustento a varias decisiones en este proceso”. Lara subrayó además que “en esta actuación judicial hay muchos, se diría mejor, demasiados supuestos, verdades a medias que son verdaderas mentiras y mentiras verdaderas que son verdades procesales”.
Lara Acuña constató que en el proceso de Plazas Vega “hubo un elevado cúmulo de errores e imprecisiones, a veces directamente inducidos por los testigos, quienes sin crítica probatoria logran su cometido, y a veces por decisión directa del fallo”. Lara criticó severamente la forma en que fueron valoradas las pruebas. Según él hubo “invención de situaciones, de hechos y de actores, cambios dramáticos y radicales de versiones de los testigos”. Él concluyó que “no se encontró prueba alguna de la desaparición forzada de diez personas”. En vista de eso, el magistrado Hermens Lara pidió la absolución del Coronel Plazas Vega.
Hay algo más. El magistrado Poveda resultó ser un militante del Polo Democrático, una alianza entre el M-19 y el Partido Comunista Colombiano. En 2002, Poveda figuró en la lista a Cámara de Representantes del PD. Era, pues, parte interesada en la condena del militar y estaba impedido para actuar en ese caso. De los tres magistrados, uno votó la absolución del Coronel y de los otros dos, uno estaba impedido. De los dos que quedaban, uno votó por la libertad del acusado y el otro confirmó la condena. ¿Qué validez puede tener ese fallo producido en esas circunstancias? ¿Una condena a 30 años puede decidirse así? ¿La actuación de Poveda no fue dolosa?
En todo caso, el principio universal de derecho de In dubio pro reo (la duda beneficia al acusado) fue rechazado arbitrariamente. El hecho de que uno de los tres magistrados haya pedido la absolución (precisamente el magistrado ponente y el único que conoce el proceso) debería inclinar la balanza a favor del reo. Una condena de 30 años de prisión no puede imponerse por mayoría, ni ignorando las cinco solicitudes de libertad y absolución del Ministerio Público. Tal brutalidad refleja el odio de los comanditarios ocultos de tal condena, el M-19 y el narcotráfico, pues el Coronel Plazas Vega desde la dirección de la entidad encargada de la lucha contra los estupefacientes, de 2002 a 2004, les quitó más de dos billones de pesos en bienes a los capos del narcotráfico (cerca de mil millones de dólares).
La sentencia inicua del TSB desató una nueva ola de protestas en Colombia y fue rechazada hasta por el jefe de Estado, Juan Manuel Santos, mientras la diatriba y la indignación alcanzaron numerosos periódicos y páginas web.
Pues esa sentencia no solo condenó sin pruebas a un inocente (al Coronel Alfonso Plazas), sino que quiso sancionar a un ex presidente de la República que no figuraba en ese proceso (Belisario Betancur), y humillar a una institución que tampoco era parte en el litigio: el Estado y las Fuerzas Militares de Colombia.
Dos días antes de que ese fallo fuera conocido, el 28 de enero de 2012, Alejandro Ordoñez, el Procurador General de la Nación, declaró que si la condena contra el Coronel Plazas era ratificada, él entablaría el recurso de casación contra la misma, ante la Corte Suprema de Justicia, pues no es admisible, dijo él, que en Colombia haya “condenas contra el Derecho y sin los debidos fundamentos probatorios”. Palabras mayores.
La larga persecución contra el Coronel Plazas muestra hasta qué extremos pueden llegar las células subversivas infiltradas en el aparato judicial colombiano. El episodio más reciente aporta una prueba más de ello. Para desacreditar las revelaciones de Villamizar sobre la falsa declaración que la Fiscalía le atribuye, el grupo que impulsa el proceso contra los militares exigió el examen grafológico de la firma dudosa de “Edgar Villareal” que obra en el proceso. El juzgado 55 penal de Bogotá ordenó dicho examen pero el peritaje hecho por el CTI de la Fiscalía incurrió, de nuevo, en graves errores de suerte que la Procuraduría General de la Nación lo impugnó el 8 de mayo de 2012.
El examen, en efecto, había sido superficial: el perito no examinó los detalles de las firmas y evitó el análisis de 17 folios con firmas aportadas al juzgado por Edgar Villamizar. El experto se limitó a estudiar tres firmas, dos de ellas encontradas en la hoja de vida de Villamizar y otra originada en un documento desconocido hasta ese momento por el proceso (vicio de legalidad). La ex fiscal Buitrago lo había escamoteado hasta entonces.
El 7 de mayo de 2012, Edgar Villamizar habló en la conocida emisión radial del ex ministro y periodista Fernando Londoño Hoyos, La Hora de la Verdad. Villamizar ratificó allí que no tenía nada que ver con el proceso del Palacio de Justicia y que nunca había visto a la fiscal Buitrago, salvo “en la televisión”. Dijo que, desde que denunció la usurpación de su nombre, él y su familia recibieron amenazas de muerte y él perdió el empleo (2). Una semana después, el 15 de mayo de 2012, en pleno centro de Bogotá, Fernando Londoño Hoyos, quien había acogido y difundido por la radio ese testimonio capital que destruye el último pretexto de la condena del Coronel Plazas, fue atacado por un comando terrorista que hizo estallar el vehículo blindado en el que él se desplazaba.
Fernando Londoño Hoyos fue gravemente herido pero sobrevivió gracias a que fue operado de urgencia en una clínica de Bogotá. En cambio, dos de sus escoltas, Ricardo Rodríguez y Rosemberg Burbano Ramos, fueron destrozados por la bomba-lapa que un terrorista logró adherir segundos antes al vehículo. Cincuenta y tres civiles fueron heridos por la violenta explosión (3). Tal atentado generó una ola de indignación y protesta contra las Farc en Colombia y en el extranjero.
El Ministerio Público colombiano ha solicitado la absolución y la libertad del Coronel Alfonso Plazas en cinco ocasiones. La primera, el 17 de septiembre de 2009, la última el 26 de abril de 2012. Esas peticiones han sido desestimadas, lo que constituye un caso único en la historia judicial de Colombia.
El 16 de julio de 2012, el Coronel Plazas completará cinco años de estar privado de libertad sin que haya una sola prueba contra él. Al mismo tiempo, crece una especie de plebiscito nacional, en los medios de comunicación y redes sociales, que exige su libertad. El clamor que se levanta en todas partes es: “¿Por qué el Coronel Plazas aún no está libre?”.
La inocencia del Coronel Plazas ha sido demostrada y se impondrá judicialmente tarde o temprano. Las atrocidades judiciales siempre se derrumban. Y el derrumbe de ésta es una cuestión de tiempo. Mientras ese bárbaro montaje siga vigente, mientras el Coronel Plazas Vega no sea rehabilitado, la justicia colombiana habrá perdido su honor y su respetabilidad. Hasta entonces nadie podrá afirmar que en Colombia el poder judicial honra el Derecho.
Notas
(1). El Gobierno de Virgilio Barco indultó a todos los miembros del M-19 luego de que éstos aceptaran, en 1990, entregar sus armas y transformarse en grupo político. Tres jefes del M-19, Antonio Navarro Wolf, Otty Patiño y Gustavo Petro, siguen sin responder ante la justicia cual fue su papel en el asalto contra el Palacio de Justicia de Bogotá y en el contubernio del M-19 con el jefe narco-traficante Pablo Escobar.
(2). Escuchar las declaraciones de Edgar Villamizar en: http://bit.ly/ws9fHT
(3). Solo hasta el 30 de mayo de 2012 el fiscal general, Eduardo Montealegre, admitió que las Farc habían sido las autoras del atentado contra Fernando Londoño. Pero no dio detalles de la investigación y no le ve articulación con el caso del Coronel Plazas Vega. Algunos periodistas estiman que la bomba utilizada contra Londoño es del mismo tipo de las que utiliza ETA en algunos de sus atentados (bomba-lapa). La inteligencia militar colombiana constató la presencia en Colombia, en abril de 2012, del etarra Asier Altuna Epelde, capturado en España en octubre de 2001 por haber integrado un comando que preparaba un atentado con una bomba-lapa contra el concejal socialista José Luis Vallés. El 4 de junio, Noticias Caracol, de Bogotá, informó que el comando terrorista se había dividido en grupos operativos, en tres puntos de Bogotá, con seis motos, para asesinar ese día a Fernando Londoño. Las Farc habrían pagado 2500 millones de pesos por ese atentado.
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