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Foto: AP
Thomas Lubanga escuchó su sentencia en un estrado de la Corte Penal Internacional de La Haya. Una condena de 14 años de prisión por reclutamiento de menores para la guerra le fue impuesta. |
Resumen de agencia
La Corte Penal Internacional (CPI) condenó ayer al exlíder rebelde congolés Thomas Lubanga Dyilo a 14 años de prisión por reclutar a niños soldados entre 2002 y 2003 en la República Democrática del Congo.
De esa pena se deducirá el tiempo que Lubanga ha pasado en prisión provisional desde 2006.
Los magistrados ya habían declarado culpable a Lubanga en una sentencia dictada el pasado marzo, que concluyó que la Fiscalía había demostrado “sin lugar a dudas” que el acusado era responsable del alistamiento de menores de 15 años en un conflicto armado.
A mediados del pasado junio la Fiscalía indicó que la pena máxima de 30 años de prisión debía de ser aplicada en este caso dada la naturaleza de los delitos, ya que el reclutamiento de niños soldados “es uno de los crímenes de lesa humanidad más serios”.
El juez Adrian Fulford precisó, durante una audiencia pública celebrada en La Haya, que los magistrados han decidido tener en cuenta como atenuante la cooperación constante de Lubanga con el Tribunal a pesar de que el comportamiento de la Fiscalía le sometía a una gran presión.
La defensa del exlíder rebelde congolés tendrá ahora la posibilidad de recurrir tanto el veredicto de culpabilidad como el relativo a la pena impuesta.
Según quedó demostrado durante el proceso, las fuerzas dirigidas por Lubanga reclutaban a niños y niñas para que intervinieran “activamente” en “hostilidades”, los alistaban en sus filas y los obligaban a realizar tareas domésticas, a luchar y a actuar como guardias personales de seguridad.
En el caso de las niñas, las obligaban a ser “esclavas sexuales” de los comandantes, pero los jueces decidieron no incluir este aspecto en la acusación entre otros motivos para agilizar el proceso.
Los menores pertenecían a la etnia hema en la región de Ituri (sureste de la RDC), y se les reclutaba para participar en el conflicto armado local entre esa etnia y la lendu, que se disputaban el control de las minas de oro en la zona.
El fallo de ayer da a la Corte el impulso que necesitaba para reafirmarse como primer tribunal permanente para juzgar crímenes de guerra y lesa humanidad, incluido genocidio.
La CPI investiga presuntos crímenes en Uganda, Sudán, República Democrática del Congo, Libia, Costa de Marfil y Kenia. También ha abierto investigaciones preliminares en Afganistán, Georgia, Colombia, Guinea, Palestina, Honduras, Corea del Norte y Nigeria.
Los crímenes de lesa humanidad, según el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, comprenden las conductas tipificadas como asesinato, exterminio, deportación o desplazamiento forzoso, encarcelación, tortura, violación, prostitución forzada, esterilización forzada, persecución por motivos políticos, religiosos, ideológicos, raciales, étnicos u otros definidos expresamente, desaparición forzada, secuestro o cualquier acto inhumano que cause graves sufrimientos o atente contra la salud mental o física de quien los sufre, siempre que dichas conductas se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.
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