Comenzó el año electoral

Autor: Nacho
12 marzo de 2017 - 06:00 PM

Desde el sábado y durante diez meses se realizará un nuevo periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía.

Con la expedición del calendario de elecciones la Registraduría Nacional del Estado Civil acaba de iniciar el año electoral para los comicios del Congreso de la República que se votarán dentro de un año, el domingo 11 de marzo del 2018.
El próximo año en Colombia comienza un nuevo ciclo electoral con las llamadas elecciones nacionales, con las que se elegirán los poderes legislativos (Senado y Cámara) y el Ejecutivo (presidente de la República), y que se completará en el 2019 con los denominados comicios territoriales, para la renovación de las gobernaciones, alcaldías, asambleas departamentales, alcaldías municipales y Juntas Administradoras Locales, JAL.
Dicho calendario electoral para la elección de los miembros del Congreso de la República, se expidió  mediante la Resolución No. 2201 de la Registraduría.
Y con base en las disposiciones de la más reciente ley estatutaria de reforma política, la 1475 de 2011, desde ayer sábado, un año exactamente antes de las elecciones, se inició el periodo de inscripción de cédulas para ciudadanos que cambiaron su lugar de residencia para votar.
De esa forma, los ciudadanos podrán inscribir la cédula para actualizar su lugar de votación en el territorio nacional y en el exterior.
Esta fase se extenderá hasta el 11 de enero de 2018, en el caso de elecciones de Congreso de la República.
“Este procedimiento que se prolongará por espacio de diez meses, se llevará a cabo en todas las sedes de la Registraduría: especiales, municipales y auxiliares en todo el país. En el exterior, los colombianos podrán acudir a cualquier oficina consular, de acuerdo con el horario establecido para cada sede”,  informó el registrador Nacional, Juan Carlos Galindo Vácha.
También ayer se inició el período para la inscripción de candidatos por comités inscriptores de grupos significativos de ciudadanos y de promotores de voto en blanco, así­ como el período de recolección de apoyos, el cual se extenderá hasta el 11 de noviembre de este año. Este mismo día comenzará la inscripción de candidatos para las elecciones de Congreso de la República, que cerrará un mes después, es decir, el 11 de diciembre.
El plazo para la modificación de candidatos por renuncia o no aceptación será el 18 de diciembre de 2017. En esta misma fecha los delegados departamentales del Registrador Nacional y los Registradores Distritales deberán reportar los candidatos inscritos y, el 20 de diciembre, la entidad publicará en la página web la relación de candidatos a cargos y corporaciones públicas de elección popular cuyas inscripciones hayan sido aceptadas.
El 11 de febrero de 2018 vencerá el plazo para realizar la modificación de candidatos por revocatoria de la inscripción por casusas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidencia con posterioridad a la inscripción, y el 28 de febrero del mismo 2018, por casos de muerte o incapacidad fí­sica permanente.
En el territorio nacional las elecciones de Congreso se llevarán a cabo el domingo 11 de marzo de 2018, entre las 8 a.m. y las 4 p.m. Una vez cerradas las urnas comenzará el escrutinio inmediato de la elección. El martes 13 de marzo se llevarán a cabo los escrutinios generales. Previamente, el 5 de marzo se iniciará el periodo de votaciones para los colombianos residentes en el exterior, que se extenderán hasta el domingo 11 de marzo.


Inhabilidades

Como una novedad, por primera vez el calendario de las elecciones de Congreso de la República contiene en forma explícita en el texto de la resolución, las fechas relacionadas con el régimen de inhabilidades.
Lo anterior tiene el objetivo de reiterar a todos los interesados los momentos claves que deben ser tenidos en cuenta en el desarrollo del proceso electoral, así:
• El 10 de noviembre del año pasado, quienes aspiren a ser candidatos por un partido diferente del cual ostentan la curul, deben renunciar a la misma. 
•Del 10 de noviembre de 2016 al 10 de diciembre de 2016, los directivos de los partidos y movimientos polí­ticos que aspiren a ser elegidos en cargos o corporaciones de elección popular por otro partido o movimiento polí­tico o grupo significativo de ciudadanos, debieron renunciar al cargo.
• Hasta el 11 de marzo, quienes aspiren a ser candidatos, debieron renunciar al cargo que hubieren ejercido como empleados públicos, jurisdicción o autoridad polí­tica, civil, administrativa o militar. 
•Hasta el 11 de septiembre de este año, quienes aspiren a ser candidatos, no podrán haber intervenido en gestión de negocios, celebración contratos en interés propio o de un tercero, o ser representante legal de y con entidades públicas. 

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